Modificaciones en la cuota de autónomos para el 2024

Cuotas de autónomos para en 2024El año 2024 trae consigo cambios significativos para los autónomos, siendo uno de los más destacados la actualización de las tablas de rendimientos y bases de cotización, que determinan la elección de la base de cotización por parte de los autónomos.

En 2023, se modificó el mecanismo de cotización para los trabajadores por cuenta propia, con el objetivo de vincular las bases de cotización a los rendimientos netos obtenidos anualmente por la actividad económica o profesional. Estas bases se encuentran dentro de los límites establecidos por las bases de cotización máxima y mínima definidas en los presupuestos generales del Estado.

La implementación de este sistema se lleva a cabo gradualmente a través de un régimen transitorio, en el cual las bases de cotización se determinan anualmente mediante tablas que clasifican los rendimientos netos del autónomo en diferentes tramos.

El autónomo debe elegir una base de cotización dentro de los límites establecidos (mínima y máxima) según los tramos de ingresos previstos, comunicándolo a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), de acuerdo con la tabla general o reducida de bases.

Ajustes en las bases de cotización para autónomos en 2024

Durante el año 2024, los autónomos tendrán la flexibilidad de modificar su base de cotización hasta en seis ocasiones para adaptarla a la evolución de sus ingresos previstos. La primera oportunidad para cambiar las bases puede solicitarse entre el 1 de enero y el 29 de febrero, con efectos a partir del 1 de marzo de 2024.

La solicitud puede realizarse a través del servicio "Base de Cotización y Rendimientos" disponible en el Portal de la Tesorería de la Seguridad Social o en el Sistema RED, si se cuenta con un autorizado RED.

Además de solicitar el cambio de base, también es necesario declarar los ingresos netos mensuales esperados.

A lo largo del año 2024, las modificaciones en las bases de cotización para autónomos deben realizarse en las siguientes fechas:

  1. Entre el 1 de marzo y el 30 de abril (con efectos a partir del 1 de mayo).
  2. Entre el 1 de mayo y el 30 de junio (con efectos a partir del 1 de julio).
  3. Entre el 1 de julio y el 31 de agosto (con efectos a partir del 1 de septiembre).
  4. Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre (con efectos a partir del 1 de noviembre).
  5. Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre (con efectos a partir del 1 de enero de 2025).

Estimación de ingresos para autónomos en 2024

La base de cotización mensual de los autónomos se establece cada año natural en función de la estimación de los ingresos netos anuales, dentro de la tabla general de bases.

Por ejemplo, si un autónomo anticipa unos ingresos anuales de 18.000 euros, deberá elegir una base que se encuentre dentro del tramo correspondiente a 1.500 euros mensuales (según la tabla general anterior, correspondería al tramo 3).

En caso de un aumento previsto en los ingresos del autónomo, es fundamental ajustar la base de cotización seleccionando un nuevo tramo acorde con los nuevos ingresos estimados.

¿Tienes alguna duda?

Si tienes alguna duda, ponte en contacto con nosotros


En Vavesten protegemos tu negocio, ¿empezamos?